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FORMALIZAR COMERCIO EN CDE

                                                                                                                                               Escrito por Abog. Gerardo Chaparro

Recientemente se tuvo en la ciudad de Foz de Yguazú el lanzamiento del RTU o Ley del Sacoleiro, cuyos planes es formalizar el comercio en esta frontera. Las autoridades del vecino país está muy optimistas y afirman que es la oportunidad para el ejercicio lícito de las actividades del comercio del exterior y que afectará positivamente a ambos países como que ayudará a fortalecer los lazos de integración de las naciones.

Sin embargo Paraguay hace caso omiso a este proyecto y cada vez está más lejos de las sagradas intenciones de las autoridades brasileñas, ya que los comerciantes del Este aún no se han inscripto para operar en el marco del nuevo sistema tributario, sólo  manifiestan tímidamente algún tibio interés al respecto. Al menos ya pasaron a retirar sus formularios para completar en un número de 1000 comerciantes.

El RTU impone un tributo del 25% y los que forman parte de esta rosca pasarán a ser legales y no  más contrabandistas. En el acto de lanzamiento realizado en foz de Yguazú informaron que el sistema informático para la aplicación del RTU ya está listo para la ejecución.

Otra cuestión aún no definida es con respecto a la habilitación de los vehículos que realizarán el transporte de las mercaderías que, según la Intendente local Sandra McLeod ha mencionado haber firmado un acuerdo con la Aduana paraguaya para trabajar en conjunto.

Van más de 50 años de informalidad comercial en la frontera paraguaya y brasilera. El contrabando ya forma parte de la cultura de muchas personas y, hay quienes afirman que no sabe hacer otra cosa que “contrabandear”. Vemos como un sueño muy lejano este tema de legalizar el comercio, esto no quiere decir que estemos a favor de la ilegalidad, pero es tan fuerte la costumbre comercial que será un duro trabajo para las autoridades.

Esta ley del RTU que fue aprobado en el año 2009 y reglamentado por decreto y en ése momento se había definido la lista de bienes que pueden ser importados con una tasa única de impuestos federales del 25%. La mayoría de estos bienes están relacionados con la Electrónica, Informática, Telecomunicaciones y electrónica de consumo.

El sistema prohíbe y seguirá siendo contrabando el pase armas y municiones, fuegos artificiales y explosivos, bebidas alcohólicas, cigarrillos, vehículos de motor en general y buques de cualquier tipo (partes y neumáticos), drogas, bienes usados e importación de mercaderías suspendidas o prohibidas en el Brasil.